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El BCRA flexibilizó el cepo cambiario para los importadores

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25 junio de 2020

Hoy el BCRA flexibilización del cepo cambiario a los importadores, quienes podrán acceder al mercado oficial de cambios para hacer frente a las obligaciones a partir del momento que se despacha el embarque en puerto de origen. 

“La medida forma parte de la “normalización del acceso al mercado de cambios que se dispuso a través de la Comunicación A7030, cuya vigencia se extiende hasta el 31 de julio”, señaló el comunicado. 

A fines de mayo el Central dispuso, con el propósito de ordenar el pago de obligaciones por la importación de bienes, que las empresas deberán solicitar autorización previa al BCRA para acceder al mercado de cambios para el pago de obligaciones comerciales con el exterior, si redujeron el monto vigente al 1° de enero de 2020.

Asimismo, la norma A7030 estableció un período de 90 días previos y posteriores de inhabilitación para la compra venta de dólares a través del mercado bursátil -Contado Con Liquidación y Dólar MEP- para aquellas empresas que adquieran divisas en el mercado oficial.

De tal manera, con la nueva disposición, se liberó el acceso al mercado oficial de cambio para el pago de:

Provisión de medicamentos críticos.

Compra de kits para la detección del coronavirus Covid-19.

Bienes que correspondan a operaciones que se embarquen a partir del primero de julio o que, habiendo sido embarcadas con anterioridad, no hubieran arribado al país antes de esa fecha.

Insumos para la producción local de medicamentos.

La realización de pagos de importaciones en la medida que el monto no supere el equivalente a US$ 1.000.000.

Se incrementará al equivalente a US$ 3.000.000 cuando se trate de la provisión de medicamentos u otros bienes relacionados con la atención médica o insumos necesarios para la elaboración local de los mismos.

Las medidas de flexibilización de acceso al mercado de cambios se pusieron en marcha hace dos semanas, cuando el BCRA decidió simplificar los requisitos para no afectar la importación de bienes críticos o intermedios que se utilizan en la producción de bienes finales en el país.

Fue una respuesta a los pedidos que representantes del campo y de la industria le hicieron al directorio del Central, luego de que los requisitos implementados para la adquisición de dólares a través de la circular A 7030 dificultaran la importación de bienes indispensables para la actividad productiva, según manifestaron ambos sectores.

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